Yeni Berenice califica de mito que el Ministerio Público pida prisión preventiva para todos los casos

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Yeni Berenice califica de mito que el Ministerio Público pida prisión preventiva para todos los casos

La procuradora Yeni Berenice Reynoso refutó este miércoles una serie de concepciones arraigadas en torno al funcionamiento del sistema penal dominicano, calificando de mito la afirmación recurrente de que el Ministerio Público solicita prisión preventiva de manera automática contra la totalidad de las personas imputadas en procesos judiciales. Durante una disertación técnica, sostuvo que existen narrativas ampliamente difundidas en la opinión pública que carecen de una base de datos rigurosa que las compruebe.

Yeni Berenice califica de mito que el Ministerio Público pida prisión preventiva para todos los casos

La funcionaria expuso sus planteamientos en el marco de los debates desarrollados en el VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional, un escenario en el cual abordó los sesgos cognitivos que suelen influir en el análisis del sistema acusatorio. En este espacio, instó a los diversos actores del ámbito legal a examinar la operatividad penal a partir de evidencias cuantificables y no sobre la base de premisas asumidas como verdades irrefutables sin respaldo estadístico.

Uno de los aspectos centrales destacados en su intervención consistió en deslindar la proporción de solicitudes de prisión preventiva tramitadas en las audiencias de coerción frente a la tasa global de ciudadanos privados de libertad bajo esa condición procesal. Reynoso puntualizó que comparar la cantidad de resoluciones que imponen el encarcelamiento como medida cautelar inicial con el volumen total de internos en espera de juicio constituye un error metodológico que distorsiona la realidad operativa del sistema acusatorio.

En ese orden, la procuradora argumentó que la permanencia prolongada de ciudadanos bajo medidas cautelares privativas de libertad responde fundamentalmente a los tiempos de tramitación procesal y a la demora que toma alcanzar una sentencia con autoridad de cosa irrevocablemente juzgada. A su juicio, resulta inexacto atribuir el número de personas en detención preventiva exclusivamente a la solicitud presentada por los fiscales al inicio de las investigaciones penales.

De igual manera, cuestionó abiertamente las cifras que sitúan la proporción de internos preventivos entre un 60 % y un 70 % en las cárceles de la República Dominicana. Sobre este particular, demandó verificar el origen de esos porcentajes comúnmente citados en los foros jurídicos y medios de comunicación, remarcando la ausencia de estudios concluyentes que validen tales estimaciones en el presente contexto penitenciario.

Por otra parte, la magistrada desestimó otra de las aseveraciones recurrentes en el debate penal dominicano: la creencia de que las cárceles del territorio nacional albergan de forma masiva a individuos privados de libertad por causas vinculadas al simple consumo de drogas. Reynoso subrayó que este tipo de postulados se transmite de manera mecánica sin que se presenten registros oficiales que evidencien un hacinamiento fundamentado en ese perfil delictivo específico.

La titular ministerial recalcó que el fortalecimiento del estado de derecho y la consolidación de reformas al régimen de justicia penal demandan abandonar los sesgos perceptuales. De acuerdo con sus precisiones, la discusión sobre el desempeño jurisdiccional, la aplicación de medidas de coerción y las condiciones de los recintos de reclusión debe sustentarse en datos transparentes, objetivos y metodológicamente comprobados para garantizar una comprensión certera del sistema sancionador.

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