TSE rechaza amparo para frenar consulta del PLD, pero mantiene pendiente demanda de nulidad

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TSE rechaza amparo para frenar consulta del PLD, pero mantiene pendiente demanda de nulidad

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible este jueves una acción de amparo que procuraba suspender los preparativos de la consulta presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), prevista para el 18 de octubre. Sin embargo, la decisión no pone fin a la controversia, pues todavía está pendiente el fallo de una demanda ordinaria que busca anular el proceso interno.

La sentencia fue adoptada de manera unánime por los jueces de la alta corte electoral. El tribunal calificó como notoriamente improcedente el recurso de extrema urgencia interpuesto por Dáyamo Victoriano Ramírez, regidor del PLD en el municipio de Jarabacoa, al establecer que el conflicto ya está siendo examinado por esa jurisdicción mediante el procedimiento ordinario.

TSE rechaza amparo para frenar consulta del PLD, pero mantiene pendiente demanda de nulidad

Con su solicitud, Victoriano buscaba que el TSE ordenara al partido opositor, a su Comité Central y a la comisión responsable de organizar la consulta paralizar todas las actuaciones relacionadas con la jornada hasta que existiera una decisión definitiva sobre su legalidad.

La petición incluía detener la instalación de centros de votación, el uso y desplazamiento del padrón, la convocatoria de los participantes, el sufragio, el escrutinio y la posterior comunicación de los resultados. En la práctica, el amparo habría impedido que el PLD continuara ejecutando el calendario organizativo mientras se conoce el expediente principal.

El proceso de fondo sigue abierto

Aunque el rechazo del recurso urgente permite que la organización política mantenga por ahora sus preparativos, el TSE aún debe pronunciarse sobre el cuestionamiento central. Esa demanda plantea la nulidad de la consulta y constituye el proceso en el que se determinará si la convocatoria se ajusta a las reglas partidarias y electorales aplicables.

Durante la audiencia, Jeury Cruz, abogado del dirigente municipal, sostuvo que el amparo tenía un propósito distinto al de la acción ordinaria. Según explicó, no se buscaba reemplazar el expediente de nulidad, sino evitar que una sentencia definitiva fuera emitida después de celebrada la votación y, por tanto, cuando sus efectos pudieran resultar difíciles de revertir.

La defensa argumentó, además, que el PLD ha seguido promoviendo la consulta y desarrollando su estructura organizativa pese a que el tribunal no ha resuelto la disputa sobre el fondo. El TSE, no obstante, entendió que la vía urgente no era admisible debido a la existencia del proceso ordinario sobre el mismo conflicto.

La demanda principal tuvo su origen en dos acciones sometidas por separado por Victoriano y Manfred Alberto Mata Echt. El 24 de junio, el tribunal decidió unir ambos casos y continuar su conocimiento dentro de un único expediente, al considerar que abordaban asuntos vinculados con la misma consulta partidaria.

Mata Echt retiró su reclamación el pasado 7 de septiembre, luego de sostener un encuentro con la comisión organizadora del proceso. Tras esa reunión, indicó que las informaciones ofrecidas por los responsables de la consulta habían aclarado las preocupaciones que motivaron su acción.

Ese desistimiento no cerró el caso, debido a que Victoriano mantuvo su impugnación dentro del expediente fusionado. En consecuencia, la legalidad de la consulta continúa sometida al escrutinio del TSE, aun cuando el intento de obtener una suspensión inmediata no prosperó.

La decisión de este jueves representa un resultado favorable para el PLD en cuanto a la continuidad de su cronograma, pero no constituye una validación definitiva del proceso. El desenlace dependerá de la sentencia sobre la demanda ordinaria, cuya emisión será determinante para establecer si la organización podrá completar la consulta del 18 de octubre sin obstáculos judiciales.

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