La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos deberán emitir únicamente facturas electrónicas a partir del 1 de noviembre de 2026, una disposición que marca otra fase del proceso de transformación digital del sistema tributario de la República Dominicana.

Desde esa fecha, las empresas comprendidas en ambas categorías tendrán que realizar su facturación mediante secuencias de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) identificadas con el tipo “E”. Esto supone que los documentos fiscales tradicionales dejarán de ser el mecanismo habitual para registrar sus operaciones comerciales.
La administración tributaria explicó que las secuencias no electrónicas tipo “B” asignadas a esos contribuyentes conservarán su validez hasta el 31 de octubre de 2026. En consecuencia, las compañías deberán asegurarse de que sus plataformas, procedimientos internos y equipos responsables estén preparados antes de que venza ese plazo.
La medida está sustentada en el artículo 55 del Reglamento número 587-24, según precisó la entidad recaudadora. Esta normativa establece las condiciones aplicables a la implementación de la facturación electrónica y delimita el período durante el cual podrán emplearse los comprobantes fiscales convencionales.
Uso limitado ante situaciones de contingencia
Después del 31 de octubre, las secuencias tipo “B” no desaparecerán por completo, pero quedarán restringidas a circunstancias excepcionales. La DGII señaló que solo podrán utilizarse cuando exista una contingencia declarada y siempre que se cumplan las reglas contempladas en el capítulo IX del Reglamento 587-24.
Esa excepción busca preservar la continuidad de las operaciones cuando se produzcan dificultades que impidan emitir comprobantes electrónicos por las vías ordinarias. Sin embargo, su aplicación no será discrecional: deberá responder a las condiciones y procedimientos fijados en la regulación, por lo que no funcionará como una alternativa permanente al sistema digital.
Para los negocios alcanzados, el cambio implica revisar aspectos que van más allá de instalar un programa de facturación. También exige adaptar los procesos contables, administrativos, comerciales y de soporte tecnológico, además de capacitar al personal que genera, recibe, valida o conserva los comprobantes fiscales.
La DGII exhortó a los Grandes Locales y Medianos Contribuyentes a completar a tiempo todas las adecuaciones necesarias. El llamado procura evitar interrupciones en ventas, cobros, registros contables y otras actividades que dependan de la emisión de documentos fiscales una vez entre en vigencia la exclusividad electrónica.
Red de proveedores para apoyar la transición
Como parte de la infraestructura disponible para la implementación, la institución informó que existen 190 proveedores de servicios de facturación electrónica debidamente autorizados. Estas empresas operan en distintas zonas del territorio nacional y ofrecen soluciones tecnológicas orientadas a facilitar la incorporación de los contribuyentes.
La disponibilidad de proveedores permite a cada negocio evaluar herramientas de acuerdo con su tamaño, volumen de transacciones y necesidades operativas. Las alternativas pueden integrarse con sistemas contables, puntos de venta o plataformas empresariales, aunque corresponde a cada contribuyente verificar que la solución escogida responda a los requisitos establecidos por la DGII.
La migración supone además una tarea de coordinación con clientes y suplidores, debido a que los comprobantes electrónicos forman parte de una cadena de intercambio y validación de información. Las empresas deberán comprobar que sus datos fiscales estén actualizados y que sus sistemas puedan manejar correctamente la generación, recepción y almacenamiento de los e-CF.
De acuerdo con la administración tributaria, esta etapa contribuirá a consolidar el uso de la factura electrónica y a elevar la eficiencia de los procesos de facturación. La institución también espera fortalecer los mecanismos de control fiscal y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante registros digitales más oportunos y estandarizados.
Calendario también alcanza a contribuyentes más pequeños
El cronograma no se limita a los Grandes Locales y Medianos. La DGII recordó que los contribuyentes identificados como Pequeños, Micros y No Clasificados disponen de una prórroga cuyo vencimiento está pautado para el 15 de noviembre de 2026, dos semanas después de la entrada en vigor de la exclusividad para los grupos de mayor dimensión.
La extensión otorgada a esos segmentos busca concederles tiempo adicional para completar el proceso de implementación. Pese a la diferencia entre las fechas, la orientación general es la misma: avanzar hacia el uso regular de documentos fiscales electrónicos y reducir progresivamente la dependencia de secuencias impresas o no digitales.
Para cumplir sin contratiempos, las empresas deben analizar su situación con anticipación, seleccionar una solución autorizada cuando corresponda y efectuar pruebas antes del plazo definitivo. También resulta necesario establecer protocolos para eventuales fallas y conocer las reglas que permitirían recurrir temporalmente a comprobantes no electrónicos en una contingencia formalmente reconocida.
La cercanía entre los plazos de noviembre convierte los meses previos en un período clave para la preparación del sector empresarial. Postergar los ajustes podría generar dificultades al emitir documentos válidos, afectar el flujo de operaciones o producir incumplimientos, especialmente en organizaciones que manejan grandes cantidades de facturas diariamente.
Con la disposición, la DGII continúa ampliando el alcance obligatorio de la facturación electrónica dentro del sistema impositivo dominicano. La entidad insiste en que las empresas incluidas en el calendario deben concluir su transición antes de las fechas establecidas y no esperar al vencimiento para validar sus plataformas y procedimientos.
